La DOP Cereza del Jerte anuncia acciones legales contra los que usen indebidamente el término Jerte
El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida(DOP) “Cereza del Jerte” ha señalado que ha detectado alusiones indebidas al Valle del Jerte o simplemente Jerte en la comercialización de cerezas y picotas que no cumplen los requisitos del documento técnico de la DOP, el pliego de condiciones.
En ocasiones, el término “Jerte” se utiliza como reclamo comercial o incluso integrado en la marca de productor, cuando las cerezas no han sido en realidad certificadas de acuerdo al pliego de condiciones.
Desde el consejo regulador se destaca la importancia del cumplimiento de este documento, que exige, no solo que el producto proceda de un concreta zona geográfica (la comarca del Valle del Jerte y determinados municipios de las comarcas aledañas del Ambroz y la Vera), sino también otros requisitos vinculados a las variedades y las características organolépticas de las cerezas y picotas, a las técnicas de cultivo o a la época de recolección; pues solo cumpliendo tales requisitos puede asegurarse que el consumidor siga percibiendo la calidad y características singulares de este reconocido producto extremeño.
Durante la pasada campaña de 2020, el Consejo Regulador practicó diversas advertencias por vía amistosa, logrando corregir y erradicar buena parte de las infracciones detectadas.
Concluida esa previa labor divulgativa, el Consejo Regulador ha anunciado que empezará a adoptar acciones legales contra productores o establecimientos que lleven a cabo este tipo de fraude, actuaciones que podrían ser más severas en el caso de los operadores reincidentes o que decidan continuar con su conducta pese a las advertencias extrajudiciales.
Con este fin, los servicios jurídicos del Consejo Regulador estudiarán caso por caso las situaciones de fraude, que podrían derivar en denuncia administrativa ante la autoridad competente o bien, en los casos más graves, en acciones judiciales. Cabe destacar que la Ley 6/2015 Agraria de Extremadura tipifica estas conductas como infracciones graves sancionadas con multa comprendida entre 3.001 y 60.000 euros, pudiendo incluso superarse dichas cantidades en función del beneficio obtenido con la infracción, han informado en nota de prensa.
Con estas medidas, el Consejo Regulador pretende dar un impulso a su labor de defensa de la DOP y proteger, con ello, los intereses de los operadores que sí se someten a los estrictos requisitos del pliego de condiciones que permiten que las cerezas y picotas del Jerte sigan deleitando al consumidor.