Proyecto Elysium (I): ¿Un nuevo Valdecañas?
(Hacia una ecología de la atención)
Según declaraciones del responsable de los servicios jurídicos en el caso Valdecañas de la Junta de Extremadura, Jose Manuel Jover, parece que en Valdecañas estaban aplicando la ley sin saber, ni conocer las consecuencias de dicho acto.
“Creíamos que esto se podía hacer, pero nos han dicho que no” (sic).
De esta manera se expresaba el martes día 22 de marzo en la Comisión de Presidencia y Administración Publica de la Asamblea de Extremadura, y se permitía incluso calificar la serie de sentencias y fallos jurídicos en contra del Proyecto de ciudad nueva Marina Valdecañas como “una sinrazón jurídica”, como no se hubiera vulnerado la legislación vigente.
¿Es qué las más de 16 resoluciones jurídicas no le han servido para aprender nada? Hay que tener en cuenta que dicho abogado sigue siendo responsable jurista de la Junta de Extremadura, de reconocido prestigio, y en el casodurante los tres gobiernos últimos de la región. Para el Sr. Jover “todo era favorable” y por eso seguían adelante de una manera ciega. Y suponemos que también para el Sr. Ibarra, el Sr. Monago y el Sr. Vara. Y así, durante 17 años.
¿Cómo nos podemos fiar de tal alto funcionario, el cual debe cuidar y aplicar la Ley para salvaguardar el bien común y el interés general? ¿Cómo se han fiado y lo siguen haciendo los distintos presidentes que nos gobiernan en la región?: Y comparece ante la Asamblea para afirmar que hasta 2019, “no nos dicen que la legislación básica iba por otro lado” (sic). ¿En qué realidad se mueve el Sr. Jover y los políticos que le sostienen?
Pero la declaración más brillante y juiciosa del Sr. Jover fue cuando en un intento de no sentirse responsable afirmó que en todo caso el supuesto culpable sería el dictador cuando en los años 60 creó el pantano y embalse expulsando a 5.000 personas del lugar.
Solo ahora se les ocurre pedir la amnistía para un proyecto en derribo total, cuando solo cabe amnistiar a personas que de alguna manera se han hecho responsables del hecho de la ejecución material y de su garantía jurídica. Y no es que la empresa promotora ni los compradores sean inocentes; ambos firmaron a sabiendas de tal ilegalidad, que actuaron de mala fe, a pesar de que solo unos pocos exigieron la devolución del contrato. Todos conocían que sus chalets no tenían la utilidad pública por tanto no pierden un “hogar”, ni se arruinan, los 130 dueños que quedan aún, simplemente esperan recuperar parte del dinero invertido. Nadie por esto les denomina “no normales”. Y los propios ayuntamientos ahora afirman que se sientes afectados cuando no les quedó mas remedio que acatar lo que se les venia encima. Mas vale que digan la verdad en público y no solo en privado.
El Sr. Jover concluyó con que “es bueno que las decisiones se tomen cerca del territorio”, por eso,aprendiendo de Valdecañas, en julio de 2018 la Asamblea de Extremadura, aprueba una Ley nueva y exprofeso para que un nuevo y mejor resultado sea, por fin, posible en la región.
El lugar elegido es Castilblanco, en la comarca de la Siberia extremeña y a la orilla del pantano de Garcia Sola que, del mismo estilo que el de Valdecañas, había quedado sin desarrollar tras la crisis del ladrillo.
La ley se denomina, “Ley Extremeña de Grandes Instalaciones de Ocio” (LEGIO. BOE, agosto 2018), y enseguida se presenta una solicitud al respecto por la empresa “Castilblanco Luxury. SL, que en diciembre de 2019 con un Decreto de la Consejería de Hacienda se le concede la declaración de apta para construir lo que la nueva norma denomina “gran instalación de ocio”. Hoy la propuesta inversora se denominada Castilblanco Elysium Corporation SAU , a la cual se le otorga la elaboración de un Plan de Ordenación de Incidencia comarcal que tenga un alcance similar al propio Plan de Ordenación territorial de la comarca en fase de redacción. Y esto ya nos recuerda un nuevo atajo jurídico similar al usado con el PIR en Valdecañas, pero esta vez con la cobertura de esa nueva Ley excepcional a fin de regular la creación de nuevas y enormes ciudades dirigidas al ocio hotelero del juego y otros servicios complementarios.
En Castilblanco, se pretende dar uso a esa nueva ley con unos requerimientos de ocupación territorial, de creación de empleo, de inversión, de tiempo de ejecución y solvencia financiera de una magnitud jamás vista.
Se trata de una nueva ciudad ocupando una extensión de 1.200 hectáreas ((Valdecañas ocupa 135 Has), donde la población se calcula en unas 70.000 personas entre residentes y estacionales. La propaganda afirmaba que podían atraer hasta 3 millones de visitantes (solo el primer año). Y todo a través de múltiples hoteles casino, salas de juego, campo de golf, bingos y donde algunos vieron “prostitución y juego” el partido en el gobierno regional decía que se trataba de otra “estética”, la del “ocio familiar”internacional.
¿Cómo se asegura el gobierno regional tal propuesta?La nueva Ley fija requerimientos muy estrictos para que no pase como en las promesas de Valdecañas: si la inversión global debe de ser de 1.000 millones de euros, el promotor lo hace de 18.000 millones; si la ley obliga a generar 2.000 empleos directos y el promotor ofrece 32.000; si las plazas hoteleras deben ser mínimo de 3.000, la empresa construirá para 30.000.
¿Cómo se asegura la empresa promotora la viabilidad el proyecto presentado para que a un lugar inaccesible cualquier visitante extranjero, o de un lugar muy distante de las ciudades atrayentes como Madrid, Sevilla o Lisboa lleveel maná monetario? Pues muy sencillo, exigiendo unas inversiones en infraestructuras al Estado y la Comunidad Autónoma inexistentes e imposibles de realizar. El proyecto presentado exige un nuevo aeropuerto en el sur de Madrid(¡), con una línea Ave nueva desde Talavera de la Reina(¡¡), con una autovía para la nacional 430 y otra para la nacional 502(¡¡¡).
¿Cómo se asegura que el requerimiento de sostenibilidad e integración territorial se lleve a cabo? Pues de manera similar a la de Valdecañas. Por un lado,coincidiendo en el mismo tramite las necesariasevaluaciones ambientales: la Evaluación Estratégica del propio plan territorial y la Evaluación Ambiental del propio proyecto de urbanización. Y por otro lado haciendo pasar la superficie en tierra de la ZEPA existente como “espacio singular de preservación de la biodiversidad autóctona”, una nueva exigencia que contempla la nueva Ley. Aunquelo más grave es que el proyecto obvia la parte de la ZEPA del embalse dado que la nueva ciudad también ofrece unamarina, un puerto deportivo y un sin fin de actividades de navegación.
Búsquenle sentido a todo esto, y si tienen alguna duda pregunten al asesor jurídico de la Junta de Extremadura, al Sr. Jover.
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*Del derecho ambiental en Extremadura: Pedro BRUFAO: “Derecho y políticas ambientales en Extremadura ”. Revista catalana de Dret Ambiental. Num1.2021.
*De la Información jurídico ambiental de Valdecañas: www.acima.es