Coria proporciona 54.178 euros en ayudas de apoyo social para contingencias durante este año

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Coria proporciona 54.178 euros en ayudas de apoyo social para contingencias durante este año

El Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres (BOP), ha publicado en la jornada de este miércoles día 15 de marzo, las bases que regirán las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias del año 2023. Las bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias en este año 2023, que serán gestionadas por el Servicio Social de Atención Social Básica del Ayuntamiento de Coria.

Las ayudas son prestaciones económicas no periódicas a otorgar a las personas residentes en Extremadura, que por situaciones extraordinarias no pueden hacer frente, por sí mismas o mediante los recursos sociales e institucionales disponibles en el entorno, a determinados gastos considerados básicos, requiriendo atención en un breve plazo de tiempo con el fin de prevenir, evitar o paliar procesos de exclusión social y garantizar de manera temporal la cobertura de las necesidades personales básicas de subsistencia.

Dichas ayudas no tendrán carácter periódico o indefinido, limitándose a cubrir mediante un pago único las necesidades puntuales e inusuales originadas por contingencias extraordinarias que afecten a las personas destinatarias. Tienen carácter finalista, debiendo destinarse exclusivamente a financiar el gasto para el que han sido concedidas y serán compatibles con la percepción de otras pensiones, prestaciones, ayudas o servicios a cargo de las Administraciones públicas o entidades públicas o privadas concedidas para la misma finalidad.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas mayores de edad y que estén empadronadas en la ciudad de Coria, además de pertenecer a una unidad familiar en la que se carezca de rentas o ingresos suficientes.

Las ayudas irán destinadas a sufragar gastos de alojamiento, necesarios en instalaciones, equipamiento básico u otros útiles de primera necesidad de la vivienda habitual, gastos referidos a las necesidades primarias, aquellos necesarios de asistencia sanitaria, los destinados a atender una carencia crítica de carácter excepcional, ocasionados por una situación social y, gastos de endeudamiento previo originados por cualquiera de los conceptos anteriores con una antigüedad máxima de doce meses.

Las personas solicitantes presentarán las instancias de acuerdo al modelo de solicitud del Anexo I que aparece publicado en el BOP. Dicha solicitud deberá acompañarse de la documentación que le sea requerida para acreditar el cumplimiento de los requisitos.

Cabe destacar que, el importe total de las ayudas será de un máximo de 54.783,73 euros sobrante de 2022, que se imputarán a una de las partidas del presupuesto de gastos de 2023 y será actualizada mediante resolución de alcaldía.

 

 

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