La Junta da a conocer quiénes son los beneficiarios de las ayudas para compensar los efectos de la guerra
La Junta de Extremadura ha publicado la relación de beneficiarios de las ayudas para compensar los efectos de la guerra de Ucrania, asimismo, el pago de estas ayudas se realizará el próximo mes de septiembre, es decir, a los 3 meses de la publicación de las bases reguladoras, con objeto de dar liquidez a las explotaciones afectadas.
En cuanto a la cantidad asignada a Extremadura para paliar las consecuencias de la guerra de Ucrania, esta asciende a 30,5 millones de euros siendo la segunda comunidad autónoma con mayor asignación.
El Real Decreto 428/2022, de 7 de junio, establece las bases reguladoras para la concesión directa de una ayuda excepcional de adaptación para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania en determinados sectores agrarios.
Este Real Decreto tiene por objeto establecer las normas reguladoras, en régimen de concesión directa, de una ayuda de carácter excepcional, con el fin de aliviar las consecuencias económicas resultantes de las perturbaciones del mercado derivadas del conflicto bélico en Ucrania sobre los productores de vacuno de carne, ovino y caprino de carne, avicultura de carne (pollos), conejos y productores de cítricos, en aplicación de lo establecido por el artículo 33 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Una vez realizados los controles administrativos, los beneficiarios pueden consultar en Agralia (http://www.juntaex.es/con03/ayudas-conflicto-belico-ucrania-a-determinados-sectores-agrarios--rd-428-2022) los listados con las unidades determinadas y presentar, en su caso alegaciones.
La próxima semana se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura, dándose un plazo de 5 días hábiles para presentar. A través de la aplicación del Portal del Ciudadano (GPI) del Sistema de Gestión de AyudasSGA, en el siguiente enlace: https://sga.juntaex.es/SgaGpi, a través del menú “Gestiones administrativas” – “Alegaciones a la ayuda excepcional Conflicto Bélico”, en el que para acceder deberá disponer de certificado digital o DNI electrónico, propio o de persona autorizada, siempre que se haya presentado Solicitud Única en la Campaña 2022.
Los beneficiarios deben de estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Hacienda autonómica y Estatal y con la Seguridad Social. A tal efecto, en las próximas semanas se publicará relación de beneficiarios que no están al corriente de las obligaciones.