Prohibido quemar restos de poda sin autorización de la Junta y sin un informe fitosanitario de un asesor

asaja olivar quema restos poda agricultura
Prohibido quemar restos de poda sin autorización de la Junta y sin un informe fitosanitario de un asesor

Con carácter general no se pueden quemar restos vegetales en Extremadura en aplicación a la normativa de residuos. Sin embargo, la orden de la Junta sobre la época de peligro bajo de incendios forestales, que ya ha entrado en vigor, obliga a solicitar por escrito una autorización para proceder a realizar esta practica agrícola.

La aplicación de la medida, que ya ha levantado numerosas críticas en Extremadura,  permite la quema de restos vegetales, excepcionalmente, bien por motivos fitosanitarios con el objeto de eliminar plagas y enfermedades, bien para la prevención de incendios cuando no sea posible la eliminación por otros medios.

Para ello, se necesita contar en estos dos casos, previamente, con la autorización de la Dirección General de Sostenibilidad del Ejecutivo extremeño. En la web del INFOEX (https://www.infoex.info/) se podrá realizar la solicitud, a partir de la semana próxima, en la pestaña de trámites en línea, haciendo una declaración responsable que figura en la misma solicitud de autorización en la que se indique que se trata de un cultivo afectado por las plagas que incluye el anexo IX del DOE, publicado el viernes 14 octubre, y donde se haga constar que se dispone de informe fitosanitario de un asesor registrado en el ROPO.

Si la solicitud corresponde a la segunda excepcionalidad indicada, en la declaración responsable que también figura en la misma solicitud de autorización , hay que señalar que la petición se realiza por prevención de incendios y concurre alguna las circunstancias que se indican en la solicitud (pendiente, pedregosidad, etc.)

Además, se deberá cumplimentar la declaración responsable del condicionado de prevención de incendios, que se autorrellenará de manera automática cuando se realiza la solicitud de autorización, tanto por motivos fitosanitarios como por prevención. El plazo para resolver la autorización es de diez días hábiles (el silencio es negativo), y una vez autorizadas las solicitudes se dispondrá de 30 días para la realización de la quema de restos. En el caso de las piconeras, requieren autorización del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales. Se contará con diez días hábiles para autorizar y 30 días de validez para realizarlas. Para las carboneras se necesitará la autorización, igual que para las barbacoas fijas, mientras que en el caso de las eventuales se necesita declaración responsable para casos como las romerías, no cuando sea para uso individual.

MANIFESTACIÓN EN CONTRA DE LA MEDIDA

El presidente de APAG Extremadura Asaja, Juan Metidieri, ha anunciado que habrá protestas, ante la sede de Presidencia de la Junta de Extremadura el próximo 11 de noviembre, en contra de la imposición de restricciones para la quema de restos de poda en temporada baja de incendios que entró en vigor el 16 de octubre.

Apag Extremadura Asaja solicita que se retire la Orden del Plan INFOEX y se negocie con las organizaciones agrarias, antes de modificarla para no empeorarla. Desde APAG recuerdan que la quema controlada nunca ha generado problemas medioambientales.

“Esta orden de declaración de época baja de incendios favorece la proliferación de plagas y enfermedades, además de potenciar los peligros de incendios por el aumento de restos en el campo que servirán de combustible”, ha declarado Metidieri, que espera una rectificación de esta normativa inminente.
Los servicios jurídicos de APAG Extremadura Asaja recurrirán la orden por vía judicial, puesto que no se facilita la posibilidad de presentar alegaciones ni se ha publicado en el portal de transparencia de la administración regional.
Con la entrada en vigor de esta nueva normativa no se podrán quemar los restos de poda en ningún caso en las viñas, cuestión calificada de “auténtica barbaridad”, por parte del presidente de Apag Extremadura ASAJA.

Comentarios