Educación habilita a 360 docentes para impartir materias en lengua extranjera en centros públicos

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Educación habilita a 360 docentes para impartir materias en lengua extranjera en centros públicos

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la resolución por la que se resuelve el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

De esta manera, la Consejería de Educación y Empleo ha acreditado a 360 docentes para el desempeño de esta función. De ellos, 30 tienen la acreditación y la habilitación para impartir portugués; 11 para impartir francés; 6, en idioma italiano; 4 en alemán; y el resto en inglés.

La acreditación y habilitación lingüística obtenida facultará al profesorado funcionario de carrera o en prácticas, en el Cuerpo correspondiente, para impartir en la lengua extranjera, áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura que tengan autorizados proyectos plurilingües.

Podía participar en el procedimiento de acreditación y habilitación lingüística para desempeñar puestos catalogados como bilingües el personal docente que se encontrase en situación de servicio activo en Extremadura y los integrantes de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad.

Para impartir cualquiera de las áreas, materias o módulos no lingüísticos incluidos en un programa bilingüe, el profesorado debía acreditar el dominio de la lengua extranjera correspondiente equivalente al nivel B2 o superior de competencia lingüística del MCERL.

Una vez acreditada la competencia lingüística en nivel B2 o superior, la habilitación lingüística se podía obtener por la vía de la experiencia docente bilingüe, mediante la acreditación de una experiencia docente en centros bilingües o secciones bilingües de centros sostenidos con fondos públicos igual o superior a un curso completo o nueve meses no consecutivos.

O mediante la vía de formación metodológica en bilingüismo, para quienes cuenten con experiencia docente en centros bilingües o secciones bilingües de centros sostenidos con fondos públicos inferior a un curso académico completo o a nueve meses no consecutivos, o sin experiencia docente en centros bilingües de centros sostenidos con fondos públicos.

Estas personas podían optar a obtener su habilitación acreditando una formación especializada en metodología de las enseñanzas bilingües igual o superior a cincuenta horas.

La vigencia de la acreditación y habilitación en lengua extranjera para el desempeño de puestos catalogados como bilingües en centros docentes públicos del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura tendrá carácter permanente.

 

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