Las familias extremeñas pueden deducirse los gastos de la guardería en su IRPF

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Las familias extremeñas pueden deducirse los gastos de la guardería en su IRPF

La vuelta al cole conlleva una serie de gastos para las familias; sin embargo, hay que saber que existen deducciones aplicables en el IRPF, según AEDAF, la Asociación Española de Asesores Fiscales.

En Extremadura es posible deducir 15 euros en la compra de material escolar por cada hijo entre 6 y 15 años, siempre que los padres no superen los 19.000 euros en tributación individual y 24.000 euros en tributación conjunta.

Además, también existe una deducción por cuidado de hijos menores de hasta 14 años, del 10% en este caso, hasta los 400 euros por unidad familiar (inclusive al cuidado de una persona empleada del hogar o en guarderías, centros de ocio, campamentos urbanos, centros deportivos, ludotecas o similares).

En cuanto a los requisitos, es necesario que en la fecha de devengo del impuesto los hijos tengan 14 o menos años de edad. También que ambos padres realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.

Que, en el caso de que la deducción sea aplicable por gastos de una persona empleada del hogar, esta esté dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

En el caso de que la deducción sea aplicable por gastos en guarderías, centros de ocio, campamentos urbanos, centros deportivos, ludotecas o similares, se disponga de la correspondiente factura.

Es necesario tener derecho a aplicar el mínimo por descendiente regulado en el artículo 58 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio por cada uno de los hijos por los que se vaya a aplicar la deducción autonómica.

Y por último, que la base imponible total a efectos del IRPF no exceda de 28.000 euros en tributación individual o 45.000 euros en tributación conjunta. Cuando más de un contribuyente tenga derecho a la aplicación de esa deducción con respecto a los mismos descendientes, su importe será prorrateado entre ellos.

En la foto de archivo, la vuelta al cole en un colegio.

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