La Junta de Extremadura solicita al Gobierno una modificación de la Ley de Montes

Montes de Extremadura
La Junta de Extremadura solicita al Gobierno una modificación de la Ley de Montes

La Consejería recuerda que la normativa autonómica ya establece limitaciones para actividades de riesgo en zonas con mayor peligro de incendio.

La Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural ha solicitado al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la modificación de la Ley de Montes 43/2003, con el objetivo de conciliar la prevención de incendios con las actividades propias del medio rural.

La actual redacción de la Ley limita e incluso prohíbe ciertas actividades agrícolas y forestales cuando la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) declara un riesgo de incendio de nivel muy alto o extremo. Esto genera "inseguridad jurídica" a productores y administraciones, según la Junta de Extremadura, ya que las autorizaciones para realizar estas actividades dependen de las previsiones climatológicas.

La Consejería recuerda que la normativa autonómica ya establece limitaciones para actividades de riesgo en zonas con mayor peligro de incendio, como terrenos forestales, zonas de influencia forestal y superficies forestales con más de 5 hectáreas de arboleda o arbustos de altura superior a 1 metro. En el resto de terrenos, no hay limitación alguna relacionada con el riesgo de incendio.

Además, Extremadura tiene uno de los regímenes más flexibles en comparación con las comunidades limítrofes. Mientras que otras comunidades prohíben el uso de maquinaria agraria en los días de riesgo extremo, en Extremadura solo existe una limitación horaria.

La Junta de Extremadura considera que la Ley de Montes debe adaptarse a las particularidades de cada región y permitir actividades en el campo con las medidas de prevención adecuadas, incluso en situaciones de riesgo alto o extremo de incendio.

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