El día 15 arrancará en Extremadura la época de peligro bajo de incendios forestales
Con carácter general, no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario.
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado esta jornada la nueva orden que declara la época de peligro bajo de incendios forestales para el período comprendido entre el próximo 15 de octubre y hasta la entrada en vigor de la época de peligro lto o, en su caso, medio.
Esta orden establece una serie de regulaciones y medidas destinadas a prevenir incendios forestales durante este período, adaptando el despliegue del Plan Infoex a las condiciones meteorológicas favorables. Durante la época de peligro bajo se implantarán diversas regulaciones sobre el uso del fuego y actividades de riesgo en terrenos forestales y áreas circundantes.
Con carácter general, no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario. No obstante, durante la época de peligro bajo resultan aplicables una serie de excepciones y autorizaciones recogidas en la orden y que requerirán la presentación de declaración responsable.
El cumplimiento de estas regulaciones será objeto de vigilancia e inspección por parte del personal de los agentes del Medio Natural y del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales. La orden contempla exenciones para actividades realizadas por medios propios de la consejería competente y establece procedimientos específicos para la solicitud de autorizaciones y la presentación de declaraciones responsables.