La Justicia obliga a Ambuvital a readmitir a un delegado sindical de Mérida despedido de forma improcedente
El tribunal destaca la falta de pruebas del supuesto perjuicio alegado por la empresa y aprecia mala fe en su actuación, reforzada por el intento fallido de justificar el despido con una práctica posteriormente generalizada.
El Juzgado de lo Social Número 1 de Badajoz ha declarado improcedente el despido disciplinario de un delegado de personal de Comisiones Obreras (CCOO) en la empresa Ambuvital, adjudicataria del servicio de transporte sanitario terrestre del Servicio Extremeño de Salud (SES).
La sentencia obliga a la empresa a readmitir al trabajador, conductor en la base de Mérida y miembro del comité de empresa, y a abonarle los salarios de tramitación.
Según recoge el fallo judicial, el despido, producido en junio de 2022, no estuvo suficientemente justificado. El juez señala que el supuesto perjuicio económico que alegaba Ambuvital "no está demostrado" y califica la decisión empresarial como "excesiva y abusiva".
En su resolución, critica que la empresa se limitó a una simple mención de los hechos sin explicar cómo estos causaron un daño real.
Además, el magistrado aprecia mala fe por parte de Ambuvital, ya que la causa principal alegada para el despido –prestar servicio de guardia desde el domicilio del trabajador– fue, posteriormente, propuesta por la propia empresa para aplicarse al conjunto de la plantilla. Esta contradicción refuerza, según la sentencia, el carácter arbitrario de la decisión.
La defensa legal del trabajador, a cargo de los servicios jurídicos de CCOO, argumentó que el despido se trataba en realidad de una represalia por las reclamaciones formuladas por el delegado sindical en relación con sus condiciones laborales.
Aunque en un inicio el sindicato planteó la nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales, el juzgado lo consideró improcedente, obligando igualmente a su reincorporación.
Ambuvital presentó un recurso de suplicación que fue inadmitido, y el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura tampoco admitió el recurso posterior.
Según consta en la sentencia, la empresa ingresó una cantidad mínima por salarios de tramitación, muy inferior a la debida, lo que el tribunal consideró un nuevo indicio de mala fe, decisivo para rechazar el recurso y confirmar la resolución inicial.
El fallo incide en la obligación de las empresas de fundamentar adecuadamente los despidos disciplinarios y evitar decisiones desproporcionadas, especialmente cuando se trata de representantes de los trabajadores.
Desde la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO han celebrado la resolución judicial, al considerar que supone un respaldo a los derechos laborales y a la defensa de los representantes sindicales.
El sindicato también ha criticado que, durante el proceso, Ambuvital presentara como testigo a un miembro del comité de empresa, liberado sindical de otro sindicato, cuya actuación fue considerada por CCOO como favorable a los intereses de la empresa y no a los de la plantilla.