La Audiencia indica que la Ley 8/2021reconoce y protege la capacidad jurídica de la persona con discapacidad y que hay que favorecer la autonomía de la persona que necesita apoyo.
La sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Mérida establece que el docente tiene derecho al abono de su compensación por kilometraje desde su centro de trabajo en Mérida.