Las ayudas para el autoempleo llegarán a 6.000 autónomos con un importe de 50.000.000 de euros
Por otro lado, el rango de las ayudas que podrán percibir los beneficiarios, sumando las distintas líneas, estará entre los 6.000 y los 15.920 euros, cuando hasta ahora estaba entre los 5.000 y los 10.000 euros.
El consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, Guillermo Santamaría, ha informado de la publicación este jueves en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) de las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la aprobación de la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III, IV y V para el periodo 2024-2025.
"Hemos diseñado las bases reguladoras de manera que podemos ir cambiando los colectivos a los que dirigimos las ayudas, sin necesidad de cambiar las bases reguladoras, es decir, cada año podemos ir moviendo los colectivos a los que ponemos el foco en función de cómo vaya estando el mercado laboral", ha destacado el consejero.
El programa tiene un alcance económico de 50.000.000 euros, casi el doble de lo que tuvo el anterior programa que fueron 28.000.000 euros. "Pretendemos llegar a 6.000 nuevos autónomos.
Tenemos que intentar generar nuevo empleo autónomo, especialmente focalizado en el entorno rural que, también, tiene una ayuda adicional. Afortunadamente se está creando trabajo autónomo y tenemos que seguir por esa línea".
Ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas; ayudas a personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador; tarifa cero para nuevos autónomos; ayudas a personas ocupadas que sean trabajadoras por cuenta ajena y que inicien una actividad como autónomas; y ayudas a personas beneficiarias del programa I por mantener la actividad por un período adicional de 12 meses (a los 24 meses comprometidos inicialmente).
La convocatoria va a tener una duración de un año, desde el 7 de junio de 2024 al 6 de junio de 2025, y tendrá efectos retroactivos desde la finalización del plazo de la anterior convocatoria, que concluyó el 15 de febrero de este año.
NOVEDADES IMPORTANTES
En el caso del Programa I, la ayuda inicial de 9.000 euros para las mujeres desempleadas y para hombres con discapacidad que estén en desempleo.
También en ese primer programa se concederá una ayuda inicial de 7.500 euros a jóvenes menores de 30 años, hombres mayores de 45 años, hombres parados de larga duración y personas cuya actividad se desarrolle en municipios de menos de 5.000 habitantes. En este último supuesto, si el beneficiario/a está encuadrado en un colectivo prioritario, tendrá una ayuda adicional de 1.000 euros.
La ayuda inicial será de 6.000 euros para el resto de los colectivos, si bien se añadirá una ayuda más de 1.500 euros para los autónomos que adquieran un negocio por relevo generacional.
Otra de las novedades se encuentra en el programa III, la de la tarifa cero para nuevos autónomos, medida que ya se dotó en la Ley de Presupuestos de 2024.
Se trata de una subvención de 1.920 euros (costes de la Seguridad Social por un período de dos años) a mujeres desempleadas que se hayan incorporado al RETA o mutualidad alternativa en el plazo de un año desde el nacimiento o adopción de un hijo o una hija, y también a personas desempleadas menores de 36 años que se establezcan como autónomas.
La subvención será de 960 euros (un año de costes de la seguridad Social) para las personas que se hayan incorporado al RETA o mutualidad alternativa.
Por último, en lo que respecta al programa V, se añade como novedad una ayuda de 2.500 euros si el trabajador autónomo se compromete a mantener su actividad durante 36 meses, es decir, 12 meses adicionales a los 24 que se exigen a los beneficiarios del programa I.
Por otro lado, el rango de las ayudas que podrán percibir los beneficiarios, sumando las distintas líneas, estará entre los 6.000 y los 15.920 euros, cuando hasta ahora estaba entre los 5.000 y los 10.000 euros.
La tramitación de estas ayudas será telemática, la solicitud se presentará a través de la sede electrónica, las personas solicitantes y/o sus representantes se identificarán mediante certificado digital y las comunicaciones entre las entidades que soliciten las ayudas y el órgano gestor se realizarán a través de medios electrónicos.