El Supremo confirma las condenas a los dos acusados del robo de botellas de vino en el restaurante Atrio

Acusado robo atrio
El Supremo confirma las condenas a los dos acusados del robo de botellas de vino en el restaurante Atrio

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de 4 años y medio de prisión a Constatin G.D., y de 4 años a Priscila L.G. por el robo en octubre de 2021 de un total de 45 botellas de la bodega del restaurante Atrio, de Cáceres, valoradas en 1,6 millones de euros. El Supremo ratifica íntegramente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que confirmó a su vez la dictada por la Audiencia Provincial de Cáceres.

Ambos acusados fueron condenados por delito de robo con fuerza en establecimiento abierto al público de especial gravedad, y deberán indemnizar conjunta y solidariamente a Reale Seguros Generales con los 753.454 euros que la aseguradora abonó en su día a la empresa propietaria de Atrio por la póliza que tenía concertada.

El alto tribunal desestima los recursos presentados por los dos condenados, y destaca que la prueba de cargo contra ellos “es abrumadora, sólida y plural”, consistente en la declaración de siete testigos (propietario y empleados del hotel y nueve agentes de la policía nacional que practicaron las diligencias), la comparecencia de cinco peritos y la prueba documental incorporada a las actuaciones.

Entre las pruebas destaca la sentencia las grabaciones de las cámaras del interior del hotel-restaurante, que reflejan a Constantin, con mascarilla, intentando en un primer momento abrir de forma infructuosa la puerta de la bodega con la llave equivocada y que hace una llamada avisando a Priscila por un teléfono móvil de que no tiene la llave correcta y tiene que entretener de nuevo al recepcionista.

Se le ve además, indica la sentencia, volver a recepción y coger ya la llave maestra con la que se observa, primero, como abre la puerta y sale minutos después con las dos bolsas y la mochila del lugar que conoce porque lo ha visitado al terminar la cena. Asimismo, el Supremo subraya la prueba de ADN que acreditó que los acusados pernoctaron la noche del 26 al 27 de octubre en la habitación 107 del hotel.

Los hechos probados de la sentencia confirmada indican que los dos acusados actuaron de común acuerdo y con la finalidad de obtener un beneficio ilícito. “Se alojó la mujer en el hotel Atrio de Cáceres el día 26 de octubre de 2021, lugar que conocían por haber estado previamente planificando el hecho que luego se dirá los días 1 de junio, 13 de junio y 12 de agosto de 2021”, señala el relato fáctico.

“Posteriormente, se presentó el varón para cenar y alojarse, sin registrarse, en el hotel –añade la sentencia--. Tras cenar en el restaurante sito en el mismo, realizaron una visita guiada a la bodega. Sobre las 00:20 horas subieron a su habitación, la 107. En ejecución de un plan urdido entre ambos acusados, sobre las 2:10 horas del siguiente día 27 de octubre, la acusada Priscila llamó a recepción, pidiendo una ensalada e interesándose repetidamente por el tiempo que tardaría en ser servida al único empleado que se encontraba en ese momento en el hotel-restaurante”.

“El empleado de recepción, tras negarse a realizar la comanda, manifestándole que se encontraba solo y la cocina cerrada y extrañado por la solicitud, dado que habían cenado un menú degustación de 14 platos, ante la insistencia de Priscila accedió a la petición, indicando que tardaría por lo menos unos 20 minutos en servir lo solicitado  --añade el relato de hechos--. El empleado se dirigió a la cocina, momento aprovechado por el acusado Constantin, quien se presentó en la recepción donde cogió una llave electrónica con la que acudió a la bodega, no teniendo éxito en su apertura por no tratarse de la llave adecuada. El empleado, tras subir la ensalada, regresó a recepción. Constantin desde la puerta de la bodega hizo una llamada a Priscila para que volviera a entretener al recepcionista”.

“De esta forma, momentos después, la acusada reiteró la llamada a recepción, en esta ocasión, para solicitar un postre, a lo que nuevamente el empleado puso reparos, accediendo finalmente a llevarle algo de fruta. Constantin volvió a la recepción y de una caja cogió la llave maestra número 27, abriendo con ella la bodega, accediendo a la sala de catas donde se apoderó de botellas de vino valoradas en 1.648.50 euros que guardó en una mochila y dos bolsos de gran tamaño subiendo inmediatamente a la habitación antes del regreso del empleado a la recepción. (…) Todas las botellas se encontraban a disposición de los usuarios del restaurante en la carta de vinos por el precio total que se indica anteriormente”, añade el relato.

Por último, señala que “los acusados abandonaron precipitadamente el hotel sobre las 5:00 horas cargando el varón la mochila a la espalda y los dos bolsos con las botellas, en las que había introducido cuatro toallas del baño de la habitación del hotel para evitar que tintinearan entre ellas, subiéndose a un vehículo Mercedes A-180 de color rojo”.

En la foto de archivo, imagen de uno de los dos condenados.

 

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