Condenado a 14 meses sin carnet un camionero que circulaba con una tasa de alcohol 8 veces superior a la permitida
Agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Destacamento de Tráfico de Plasencia (Cáceres), han investigado y puesto a disposición de la autoridad judicial, al conductor de un camión que detectado con una tasa de alcohol ocho veces superior a la permitida, siendo condenado en juicio rápido.
En el curso de la continua vigilancia que la Guardia Civil ejerce para prevenir y, en su caso, investigar los posibles delitos cometidos contra la seguridad vial, y concretamente los relacionados con la conducción bajo los efectos del consumo del alcohol y/o las drogas, agentes del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Plasencia (Cáceres),detectaron en la Autovía A-66, a la altura del p.k. 541 (término municipal de Casar de Cáceres), al conductor de un camión de gran tonelaje que arrastraba un semirremolque, sin hacer uso del cinturón de seguridad.
Tras proceder a la detención del vehículo en un lugar seguro y apartado de la carretera, al objeto de denunciar la infracción observada, los agentes comprobaron que el conductor presentaba síntomas compatibles con la ingesta de alcohol, por lo que fue sometido a la reglamentaria prueba de alcoholemia a la cual arrojó un resultado positivo de 1,23 mg/l. en la primera prueba practicada y de 1,26 mg/l. en la segunda, cuando la tasa máxima, reglamentariamente permitida, es de 0,15 mg/l, con lo que circulaba con una tasa de alcohol ocho veces superior a la permitida.
El conductor, un varón de 40 años de edad, fue puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Cáceres, por la supuesta comisión de un delito contra la seguridad vial, consistente en la conducción de un vehículo a motor, superando las tasas de alcohol legalmente establecidas, siendo citado para juicio rápido.
Tras el juicio, el conductor fue condenado por la comisión del delito de conducción de vehículo a motor, superando las tasas de alcohol legalmente establecidas, expresamente recogido en el artículo 379.2 del Código Penal, habiendo sido condenado a una multa de 6 euros diarios durante 6 meses (1.048 euros) y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor por un tiempo de 14 meses.
Desde la Guardia Civil se busca concienciar a los ciudadanos en general, y a los usuarios de las carreteras en particular, del peligro que genera este tipo de conductas, tal y como han recordado en una nota de prensa.